El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria recuerda que, pese a que el interno "viene desarrollando una conducta penitenciaria adaptada y favorable" y que ha disfrutado de varios permisos de salida "sin incidencia negativa alguna", no cumple las tres cuartas partes de la condena hasta el 17 de noviembre de 2017. La Audiencia rechaza el argumento de que el condenado ya haya abonado la responsabilidad civil puesto que lo hizo antes del juicio. Estima que concurre "alarma social", por lo que, dado el tiempo de cumplimiento de la pena aún pendiente, procede mantener al interno en segundo grado.